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¿Qué regulaciones existen para las bicicletas eléctricas en diferentes países?

En la actualidad existen muchos países con diferentes regulaciones para el uso de las estas bicicletas. Hay países como Estados Unidos o Canadá que tienen reglamentos con exigencias de seguridad y de fabricación. Otros países como los pertenecientes a la  Unión Europea, tienen amplias regulaciones que normatizan a los usuarios e importadores de estas ciclas, requiriendo que cada uno de estos vehículos tenga pedaleo asistido. Para nuestro país también existen normas de uso para las bicicletas eléctricas Bogotá.

Bicicletas eléctricas Bogotá | Circula Verde

Sin embargo hay mucha confusión en cuanto a la regulación que debe exigirse para cada uno de estos vehículos, ya que hay varias que su apariencia se ven como una bicicleta convencional pero con la colocación de una batería de litio y motor eléctrico incrustado en la rueda trasera o en la rueda delantera. Otro tipo de diseño presente en las bicicletas eléctricas es la tipo escooter, que su apariencia se ven como una moto, por el carenaje,  pero su chasis y sistema de pedaleo es de bicicleta convencional.

En China el uso de la bicicleta eléctrica es muy amplio dentro de sus ciudadanos, debido a la masificación de este tipo de transporte alternativo para el desplazamiento; el gobierno ha regulado que los vehículos que pesen más de 20Kg y que su velocidad sea igual o superior a 30Km/h deben tener licencia de conducción, para evitar accidentes, mientras que los vehículos que pesen menos de 30Kg y vayan a una velocidad inferior a 30Km/h no requieren de este permiso para transitar.  Para el Reino Unido las regulaciones que existen son más estrictas, pues las bicicletas eléctricas deben tener un motor de 200W para un pasajero o 250W  para poder transitar con dos pasajeros. La velocidad no puede superar los 25Km/h y el peso de estos vehículos debe ser inferior a los 40Kg para que se considere como bicicleta.

En Estados Unidos el uso de las ciclas eléctricas tienen como norma para que sean consideradas como tales, que su motor sea inferior a 750W y que alcancen una velocidad máxima de 32 km/h. Dependiendo de cada estado y de las variaciones en el uso de estos vehículos con impulsados con motor eléctrico. En Colombia, donde el auge de las bicicletas eléctricas Bogotá se ha potencializado debido al tráfico pesado y falta de espacio para la movilidad de sus habitantes en las grandes ciudades como la capital.

Desde el año 2015 se viene preparando una regulación para el tránsito de estos vehículos con el fin de mejorar la seguridad de los usuarios de bicicleta convencional y a motor. Esta norma reglamentaría el uso de dos tipos de bicicletas: las que se consideren como motociclas que posean un motor de un cilindraje que no supere los 50cm3 y que circulen a una velocidad que supere los 45 km por hora, así como las bicicletas que cuenta con pedaleo asistido que anden a más de 25km por hora mientras no está realizando el impulso con la fuerza del usuario. De lo contrario, si estos vehículos se encuentran circulando por los andenes, ciclo rutas o ciclovías y no cuenta con las características adecuadas, tendrían entonces que entrar a la vía de automóviles y motos para transitar sobre ella.

Pero por ahora lo que existe son reglas muy básicas que se constituyen como la norma para quienes hagan uso de estos vehículos. La Policía de Tránsito afirma que no es posible que las bicicletas con motor a gasolina u otro combustible dejen de transitar por la ciclo ruta, sin embargo no especifican que las bicicletas eléctricas tengan esta restricción. La restricción que tienen las bicicletas eléctricas que usen la cicloruta, es que deben ir a una velocidad máxima de 25 km/h, y la normatividad a la que se deben regir es portar tarjeta de propiedad, usar casco y no conducir con audífonos. El incumplimiento de estas reglas primordiales le puede simbolizar una multa semejante a 5 salarios mínimos.

Sin embargo en el momento no hay una regulación clara con respecto a las bicicletas eléctricas Bogotá  existe una red de ciclorutas muy amplia donde se pueden desplazar estos vehículos, sin embargo para la secretaria de movilidad de la ciudad las consideran como motos y no deben circular por la ciclo ruta, los agentes de tránsito no saben cómo clasificarlas pero por seguridad las suben a las ciclorutas. Por lo tanto todavía hay una confusión muy grande para los usuarios de estas bicicletas.

Para los importadores de estos vehículos eléctricos es muy importante que se defina y se brinde una regulación clara para el producto que están importando, debido a la claridad que hay que entregarles a sus clientes actuales y potenciales. El Ministerio de Transporte realizó un borrador de un proyecto de ley que aún no se ha firmado, donde lo único que explican de las bicicletas eléctricas son aquellas de pedaleo asistido que no superar un potencia de 05.5KW que debe ser apoyado con la fuerza muscular de quien la usa. Este motor deberá dejar de funcionar cuando el conductor vuelva a pedalear o la velocidad ya supere los 25Km/h. De igual forma advierte que se debe considerar que todas las bicicletas, sin importar bajo qué medidas funcionen, debe contar con luces delanteras, señales de tipo reflectivas  para la seguridad y los conductores deben utilizar obligatoriamente casco.

Las bicicletas eléctricas Bogotá  se han convertido en una gran solución de movilidad y las personas en general ven este medio de transporte alternativo como un medio efectivo para no contaminar, para tener un desplazamiento tranquilo, una manera de ahorrar y descongestionar la ciudad. La conciencia ciudadana esta cambiando su manera de pensar dejando los vehículos a combustión estacionados entre semana, utilizándolos sólo los fines de semana para salir y nosotros en Circula Verde contribuimos con este proceso.

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